jueves, 16 de junio de 2011

Las imprescindibles, y más que previstas, subidas del IBI, auténticas pruebas de la calidad del Catastro.

Cuando los ingresos derivados de los tributos que gravan la actividad económica no dejan de caer, especialmente los relacionados con la actividad inmobiliaria, y las deudas ahogan cada día más a los municipios, es más que evidente que todo impulsa a fijarse en el IBI, único impuesto municipal que, al no estar asociado al ciclo económico, conserva musculo y ofrece recorrido.

El Gobernador del Banco de España acaba de sumarse a esta idea al manifestar que “cuando los incrementos impositivos sean necesarios, estos deberían recaer sobre aquellas figuras tributarias que tengan menos efectos distorsionadores sobre el crecimiento y la asignación de recursos”. Y en concreto cita, “los impuestos sobre la propiedad inmobiliaria y sobre el consumo”.


El Ayuntamiento de Madrid, probablemente motivado por el peso de su deuda, se lanza a subir el IBI, apoyándose en una actualización de valores catastrales, lo que le permitirá recaudar más (el Ayuntamiento habla de un incremento medio del 5,7%) sin mover el tipo de gravamen.


Muy probablemente, iguales caminos seguirán en breve otras ciudades, como Zaragoza y Valencia.

Y, es más, los portugueses montan una revisión generalizada de valores catastrales en todo el país, como medida "anticrisis".

La determinación precisa de la capacidad económica de los contribuyentes cuyas cuotas se verán incrementadas se logra en España gracias al trabajo que desarrolla el Catastro, en un doble aspecto:
-Aportando toda la información descriptiva de los inmuebles (superficie, antigüedad, uso ,categoría, propietario, etc.)
-Y asignando un valor catastral a cada inmueble, basado en un procedimiento objetivo, reglado y apoyado en datos reales del mercado.

El Catastro español puede asumir estos compromisos porque, sin duda alguna, es la mejor base de datos descriptiva de los inmuebles de nuestro país y la entidad, pública y privada, que más y mejor seguimiento hace del mercado inmobiliario.

Las revisiones generalizadas que se avecinan van a ser una auténtica prueba de calidad a la que se someterá el Catastro. Una prueba sumamente exigente que,probablemente, sólo la base de datos y la metodología de valoración catastral es capaz de soportar.

lunes, 13 de junio de 2011

Tan solo dos meses después del inició del servicio, ya se han realizado más de 95.000 descargas de cartografía digital e información alfanumérica catastral, por parte de 2.200 empresas y profesionales.

El pasado día 6 de abril de 2011 la Dirección General del Catastro puso en marcha el servicio de descarga masiva libre y gratuito de información catastral gráfica y alfanumérica a través de la Sede Electrónica del Catastro (SEC).

Transcurridos dos meses desde la inauguración del servicio, el numero total de descargas realizadas en este período por más de 2.200 empresas y profesionales, ha sido de 95.238.

Si se analiza a qué sector pertenecen las entidades que han accedido a la información, se aprecia que son las empresas privadas quienes mayoritariamente han utilizado el servicio, lo que les ha supuesto un ahorro importante tanto en el tiempo que hubieran tenido que destinar para conseguir la misma información por otra vía, como en el coste que hubieran tenido que soportar por ello.

Respecto a la información catastral objeto de descarga, el número total de descargas de información de datos alfanuméricos descriptivos de los inmuebles (superficie, alturas, usos, antigüedad, etc) ha sido de 53.492 y el número total de descargas de cartografía digitalizada de 41.746, con unos promedios semanales de 5.943 y 4.638 respectivamente.

Más información:
Sede Electrónica del Catastro http://www.sedecatastro.gob.es/
Resolución de la Dirección General por la que se regula el servicio http://www.catastro.meh.es/pdf/res_230311.pdf


jueves, 2 de junio de 2011

Información catastral al servicio del control de ayudas a instalaciones fotovoltáicas.


El Consejo de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en su sesión del 26 de mayo ha acordado suspender cautelarmente el pago de la prima equivalente a 131 instalaciones fotovoltaicas que no han acreditado la instalación de los equipos necesarios para la producción de energía eléctrica a fecha 30 de septiembre de 2008, sumándose estas 131 instalaciones a las 951 que se suspendieron cautelarmente con anterioridad.

La CNE, en aplicación del RD 1003/2010, de 5 de agosto, procedió a la remisión de un requerimiento de información (facturas y albaranes de los equipos, certificados de instalación autorizada, certificados de final de obra, documentos acreditativos de referencia catastral y documento único de aduanas, en su caso) a 9041 instalaciones fotovoltaicas, a los efectos de que acreditaran la instalación de los equipos necesarios para la producción de energía eléctrica a 30 de septiembre de 2008.

De estas 9041 instalaciones requeridas, 840 renunciaron a cobrar la tarifa (47’5 c€/Kwh) establecida en el RD 661/2007, para seguir cobrando la tarifa (32’6c€/Kwh) establecida en el RD 1578/2008. De las 8201 instalaciones restantes, se han analizado, hasta la fecha, 5.072 instalaciones, no habiendo acreditado 1.082 instalaciones. La falta de acreditación de estas 1.082 instalaciones es debida en 791 casos a la no aportación de la documentación requerida, entre las que se encuentra la referencia catastral del mencionado inmueble.

Como es sabido, estas instalaciones deben estar incluidas en el Catastro, dentro del grupo de inmuebles de Características Especiales (BICE). Por tanto, la CNE puede comprobar la existencia de esta instalación acudiendo a la información que aporta el Catastro, a través de su Sede Electrónica. Se trata una utilidad más el Catastro al servicio de las políticas públicas, en este caso de las destinadas al desarrollo de las energías renovables.

Puedes ver la nota de prensa sobre esta noticia en: