viernes, 4 de noviembre de 2011

El Catastro desarrolla una línea especial de actuación para apoyar a los damnificados por el terremoto de Lorca.


El pasado viernes 28 de octubre, el Consejo de Ministros adoptó un acuerdo específico por el que se adoptan medidas  complementarias a las contenidas en los Reales Decretos-leyes 6/2011, de 13 de mayo, y 17/2011, de 28 de octubre, para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca

En el Acuerdo duodécimo, denominado “regularización catastral” se establece que, con el fin de facilitar la regularización catastral de los bienes inmuebles afectados por el seísmo, la Dirección General del Catastro elaborará un modelo simplificado de declaración que, acompañada de la correspondiente documentación acreditativa, permitirá la incorporación en el Catastro Inmobiliario de las alteraciones producidas.

Asimismo, se habilitará un periodo específico para formalizar estas declaraciones, que se tramitarán en el marco del convenio de colaboración suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de Lorca con fecha 2 de marzo de 2009.

Con esta medida excepcional se define un procedimiento específico que tiene por objeto establecer las máximas facilidades para que los propietarios de inmuebles situados en Lorca y afectados por el terremoto puedan obtener la corrección inmediata la de la información catastral de los mismos.

Esta medida abarca tanto actuaciones que determinan la baja total del edificio en el Catastro (por ejemplo, en los supuestos de demolición del edificio), como aquellos otros casos en los que será necesario definir un nuevo valor catastral que considere los daños que hayan sufrido los edificios que no serán objeto de demolición.


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