lunes, 22 de junio de 2015

¿Solución colombiana o solución española a las discrepancias entre el Catastro y el Registro de la Propiedad?: el tiempo dirá quien acierta.

Mientras que en España tarda en publicarse, - no entiendo el motivo-, la Ley de reforma de la Ley Hipotecaria y el Texto Refundido de la Ley del Catastro, en Colombia acaban de aprobar su propia reforma legal con un objetivo similar: establecer un procedimiento que permita solventar las discrepancias de datos físicos entre Catastro y Registro. La diferencia es que en España vamos a una relación prolija y farragosa, de difícil interpretación y, presumo, también que de difícil aplicación, mientras que en Colombia han optado por un texto sencillo, simple y claro.

Veamos su contenido:
Artículo 105° de la Ley 1753, de 9 de junio de 2015, por la que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018. Rectificación administrativa de área y linderos. Modifíquese el parágrafo del artículo 65° de la Ley 1579 de 2012, el cual quedará así:

"Parágrafo. Cuando las autoridades catastrales competentes, en desarrollo de la formación y/o actualización catastral rural y urbana bajo la metodología de intervención por barrido predial masivo con enfoque multipropósito, adviertan diferencias en los linderos y/o área de los predios entre la información levantada en terreno y la que reposa en sus bases de datos y/o registro público de la propiedad, procederán a rectificar dicha información siempre y cuando los titulares del derecho de dominio del predio y sus colindantes manifiesten pleno acuerdo respecto de los resultados de la corrección y esta no afecte derechos de terceros o colinde con bienes imprescriptibles o propiedad de entidades de derecho público, bienes de uso público, bienes fiscales, bienes fiscales adjudicables o baldíos o cuya posesión, ocupación o transferencia estén prohibidas o restringidas por normas constitucionales o legales.

En esos casos, no existiendo conflicto entre los titulares y una vez verificado por la correspondiente autoridad catastral que lo convenido por ellos se ajusta a la realidad física encontrada en terreno, el Registrador de Instrumentos Públicos rectificará conforme a ello la información de cabida y linderos de los inmuebles que repose en sus folios de matrícula inmobiliaria, sin que para ello se requiera de orden judicial.

El procedimiento para la corrección administrativa de linderos y área por acuerdo escrito entre las partes, así como los eventos en los que no sea aceptada, será objeto de reglamento por parte del Gobierno Nacional".

En definitiva un procedimiento sencillo y fácil de explicar, basado en el acuerdo entre interesados (incluyendo la protección del interés público) y colindantes, en la comprobación y posterior corrección catastral, y en la aceptación de ambas acciones por parte del Registrador, que rectifica a su vez los datos del Registro.


¿Tendrá más éxito esta solución que la que se ha diseñado en España, y de la que daremos información en cuanto se publique la Ley?. ¿Será que en Colombia el conflicto institucional no alcanza los niveles que existen en España?. El tiempo lo dirá.


Mientras tanto recordemos que en la cultura de gestión de los países anglosajones, cuando se plantea cómo resolver un problema sumamente complejo, suele sugerirse al responsable de proponer la solución que “make it easy”, es decir, que construya algo sencillo. 

viernes, 12 de junio de 2015

El nuevo escenario político en Ayuntamientos y Diputaciones, ¿una oportunidad o una amenaza para el Catastro?.

El pasado 24 de mayo, concluida la jornada electoral, se confirmaron la mayoría de los pronósticos. La entrada de nuevos partidos con capacidad de gobernar o de decidir quién gobernará en Ayuntamientos o Diputaciones ha provocado muchos y muy interesantes debates sobre los cambios que se producirán, las estrategias políticas que se aplicarán, y los servicios públicos que se desarrollarán, cambiarán o desaparecerán como consecuencia de este nuevo escenario.

Visiones pesimistas que no comparto predicen escenarios de parálisis administrativa, cuando no de desarme de determinadas políticas, mientras que otros no menos alarmistas creen ver inmediatos usos de los servicios públicos como armas arrojadizas contra determinados sectores de la población, más o menos contrarios a la ideología política del partido ganador.

En este debate no ha quedado fuera ni el catastro ni su aplicación con mayor impacto social: el IBI.

El debate ya viene desde la propia campaña. Como ejemplo, tras años de esfuerzo para situar a Madrid en un nivel recaudatorio más propio de su condición, “Aguirre promete rebajar a la mitad el Impuesto de Bienes Inmuebles”, (El País 4/5/2015), mientras que desde otra opción política se presenta “El plan justiciero de Manuela Carmena” (“El Mundo” 29/5/2015), iniciativa que incluye tasas que «penalicen la acumulación de viviendas con fines especulativos, en manos de grandes empresas, inmobiliarias y entidades financieras», se reabre el tema del recargo a las viviendas desocupadas, se estudia un gravamen para edificios y solares vacíos y negocios cerrados, y se busca un IBI “lo más progresivo” que permita la ley, pero  apuntado simultáneamente que «se han acabado las subidas del IBI generalizadas”.

¿Este escenario perjudicará al Catastro en los próximos años, o por el contrario será una palanca para potenciar su desarrollo?.

No me cabe ninguna duda que en los próximos meses el Catastro –y por extensión el IBI- van a tener que cambiar, como tampoco dudo en que este cambio será para mejor. La realidad municipal se construirá sobre tres elementos igualmente relevantes desde el punto de vista de gestión política: adaptabilidad de los servicios existentes a las nuevas exigencias sociales (transparencia, participación, etc.), discriminación positiva en función de nuevos criterios como el de “vulnerabilidad social”, y capacidad financiera para llevar adelante todo ello sin olvidarse de la deuda existente. En este escenario no es extraño que la que posiblemente será nueva alcaldesa de Madrid haga coincidir en su mensaje que no habrá subidas generalizadas del IBI, pero que este será más progresivo, en términos sociales.


¿Cómo se hace más progresivo, en términos subjetivos, un impuesto de carácter real como  el IBI?. ¿Qué ocurre con un anciano cuyo único ingreso es su pensión pública, pero que es propietario de una vivienda, comprada tras años de esfuerzo, situada en una zona de gran valor de mercado y con un alto valor catastral?. Simplificando al máximo, ¿este ciudadano es rico o  es pobre?. ¿Merece ayudas públicas, como una bonificación en el impuesto,  o por el contrario debería pagar un IBI mayor en función del alto valor de su vivienda?.

Estas cuestiones no son en absoluto nuevas. Se plantearon, con mayor contundencia si cabe, durante el famoso “Catastrazo”, y no tuvieron una fácil solución. ¿Debería el anciano propietario vender su vivienda y trasladarse a otra más acorde con su capacidad financiera actual, como se argumentó entonces en algún debate?. En términos de lenguaje político actual, ¿esta propuesta no sería una forma indirecta de desahucio sobre un ciudadano perteneciente a una capa social desfavorecida?.

Debates políticos aparte, lo cierto es que la ejecución de estas propuestas va a necesitar más que nunca de una gestión dinámica y creativa del Catastro. Se plantea, como una necesidad inaplazable para una definición más precisa del IBI, la integración de la información catastral con otras bases de datos de carácter social o económica, lo que permitiría personalizar mucho más el impuesto, y en ese escenario herramientas seguras de geo-analítica (Big Data) se van a hacer necesarias.

Igualmente, parece inaplazable la reforma en profundidad del modelo de valoración catastral, cambiando la posición reactiva actual, basada en seguir con años de demora al mercado, a una actitud más proactiva, apostando fuertemente por el seguimiento en tiempo real del mercado y poniendo en marcha las posibilidades predictivas que facilita toda la riqueza de la base de datos catastral.


En definitiva, en mi opinión llegan tiempos de oportunidad y de cambios para el Catastro, y si se sabe aprovechar la corriente, la institución puede salir de estos cambios muy fortalecida.