miércoles, 30 de septiembre de 2015

Del “IBI social” al fortalecimiento integral de las áreas económicas de los municipios.

La incorporación al gobierno de distintos Ayuntamientos de nuevos equipos políticos ha reabierto un debate que  se encontraba latente.  Aunque se tiende a resumir la cuestión con la expresión periodística “IBI social”, en la práctica lo que se plantea es una situación de mayor alcance: ¿cómo establecer una relación más precisa y equilibrada entre la capacidad económica de los vecinos y las necesidades financieras de los municipios españoles?.

En el fondo de la polémica subyace la cada vez más clara constancia de que el modelo tributario municipal se ha quedado anticuado. Para empezar, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles se percibe cada vez más como una herramienta extremadamente rígida, que permite muy poca aproximación hacia modelos más modernos y justos, en los que ganen valor los principios básicos de equidad tributaria y capacidad económica, que están en el esqueleto del sistema fiscal. Cada vez es más cuestionable que los propietarios de dos viviendas situadas en la misma ciudad con el mismo valor catastral soporten la misma cuota en el IBI, ignorando la capacidad económica real de cada uno de ellos. 

Quienes defienden el modelo actual tienen buenos argumentos para hacerlo: la simplicidad  y el permanente crecimiento de los ingresos por este tributo, son sin duda razones poderosas para “no tocar lo que funciona”. Pero estas mismas cualidades son también su mayor debilidad. En los últimos años la cuota del IBI se ha convertido para muchos ciudadanos en un importante esfuerzo económico, en términos de percepción social.  En muchos caso, incluso por encima del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por otro lado, la reiterada justificación de que un impuesto de carácter real no debería quedar “contaminado” introduciendo componentes subjetivos propios del sujeto pasivo es cada vez más débil. Como prueba de ello, basta con señalar que nadie critica, -todo lo contrario-, la bonificación a favor de las familias numerosas establecida en el art. 74.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

Y si en el ámbito de los impuestos la situación recomienda un cambio, cuando nos aproximamos a las tasas y a los precios públicos que aplican los Ayuntamientos la situación ya parece urgente.  Son numerosos los Ayuntamientos que cuentan con colecciones de tasas mal definidas y reguladas sobre esquemas sumamente anticuados, y obteniendo una muy baja recaudación, si se atiende al importante valor en términos económicos del hecho gravado. Un ejemplo puede valer para apreciar esta situación: una gran ciudad española, situada entre las que más visitas turísticas reciben, sólo define para la tasa por ocupación de vía pública por terrazas (mesas y sillas) dos zonas (“zona extra” y “resto ciudad”) y dos periodos temporales (temporada alta y temporada baja). Esos son todos los criterios aplicados para categorizar la ciudad. No es de extrañar que esta falta de aproximación a la realidad genere unos ingresos anuales por este concepto sumamente bajos. ¿No se debería usar otros datos ya disponibles, incluyendo los existentes en la propia página creada por el municipio para desarrollar su política de “open data”, para definir con mucha más precisión el hecho imponible y la cuota derivada de dichas ocupaciones de la vía pública?.  ¿Cómo determinar con más precisión el valor de uso del espacio público que es aprovechado de forma privativa obteniendo con ello ingresos en algunos casos realmente importantes?.


Es necesario que los procedimientos municipales de ingreso y gasto se adapten a las nuevas exigencias que demandan una gestión económica más social y transparente, sin dañar la estabilidad presupuestaria. Decisiones básicas, como “subir” o “bajar” el IBI a todos los ciudadanos, ya no dan las respuestas adecuadas, al requerirse más precisión en la toma de decisiones.

Para abordar la solución a estas situaciones, es necesario implementar herramientas que apoyen la toma de decisiones de política económica municipal, fortaleciendo  los siguientes ámbitos:
-Trabajando con la mayor información disponible: No olvidemos que cada acto municipal genera información reutilizable para mejorar la gestión económica, y que existen multitud de bases de datos públicas y privadas que pueden alimentar esta información.

-Integrando toda esa información: Mediante tecnología que facilita el tratamiento de esas bases de datos, estructuradas y no estructuradas, y su disponibilidad inmediata.

-“Territorializando” la gestión económica municipal: Todo lo que genera gasto municipal o actividad tributaria se realiza en algún sitio  (territorio) y vincula al menos a un sujeto (persona física o jurídica). La mayoría de los tributos municipales son “territorializables”, puesto que se puede geoposicionar sin dificultad  el hecho imponible y/o el sujeto pasivo. El modelo ya está descrito, y es aplicado con éxito y plena seguridad jurídica desde hace años para la determinación del valor catastral, que es el resultado de un proceso objetivo y claro de “territorialización” de la capacidad económica.

-Generando fórmulas que faciliten la compensación del  incremento y decremento del ingreso tributario, garantizando la estabilidad económica: Debe ser factible incrementar o mantener la recaudación neta de un tributo sin que la decisión a adoptar sea igual para todos. Se puede mantener o incrementar el ingreso subiendo la cuota a determinados sujetos pasivos con mayor capacidad económica, y reduciéndola a otros con menores ingresos.

-Estableciendo un modelo de cobertura jurídica que proteja la toma de decisiones: Por ejemplo, estudiando la posible aplicación de recientes decisiones judiciales respecto al recargo del IBI sobre viviendas desocupadas, o generando mejores estudios económicos (con más datos y mayor análisis) que soporten una aplicación más precisas de determinadas tasas. 

En relación directa con esto,  resulta oportuna una reflexión sobre las iniciativas de “smart cities” y su aplicación a las áreas económicas municipales. Tradicionalmente, las áreas de los Ayuntamientos encargadas de la gestión económica y financiera han quedado fuera de los proyectos de “smart city”, que apuestan por implantar nuevas tecnologías en la gestión de servicios (alumbrado, tráfico, aparcamiento, mantenimiento de servicios, etc..). Es obvio que, hasta el momento, la “cultura smart” se ha dirigido al gasto, no al ingreso, privando a las áreas económicas de la aplicación de las posibilidades que aportan las nuevas tecnologías.

La aplicación de nuevas soluciones tecnológicas sobre los procedimientos municipales de ingreso y gasto permiten una visión “smart”, más adaptada a las exigencias sociales. Se trata de aplicar a la acción del área económica de los Ayuntamientos diversas tecnologías que potenciarán su actividad, facilitando con ello que den respuesta eficaz a los dos grandes principios que antes hemos descrito: gestión “social” + sostenibilidad financiera, principios que a su vez enmarcan otras ideas que se encuentran en la mesa del debate ciudadano y político: presupuesto participativo, IBI social, transparencia en el gasto, tasas “verdes”,…

En concreto, la aplicación de herramientas Big Data, conjuntamente con la implantación de un Sistema de Información Geográfico Tributario (GIS tributario), han de ser las bases que soporten este nuevo modelo, mediante el cual puedan desarrollarse actividades reales de geoanalítica.

Asimismo, en el ámbito de la gestión del gasto, deberían establecerse herramientas similares. No siempre se adoptan decisiones de inversión en obras o servicios respondiendo a las necesidades reales, o a las demandas concretas de los vecinos. Estas nuevas tecnologías serían sumamente efectivas para aplicar modelos de gestión presupuestaria participativa, sistemas de transparencia reales, etc..  


miércoles, 2 de septiembre de 2015

Se renueva el órgano directivo del Comité Permanente del Catastro en Iberoamérica.

Desde el 24 al 27 de agosto pasado ha tenido lugar en Brasilia la celebración del VIII Simposio sobre el Catastro en Iberoamérica, así como el desarrollo de la Asamblea del Comité Permanente sobre el Catastro en Iberoamérica.

Entre las distintas actividades realizadas se procedió a renovar a los miembros del Comité Directivo, según prevén los estatutos, resultando finalmente elegidos los siguientes cargos:

Presidencia: Dirección Nacional de Catastro. Uruguay.
Vicepresidencia: Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (INCRA), de Brasil.
Vocalía Suramérica: Subsecretaría de Catastro de Medellín. Colombia
Vocalía Norte y Centroamérica: Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI). Panamá.
Vocalía Europa: Dirección General del Catastro. España

Desde “Catastreros” queremos felicitar a todos los  miembros y desearles los mayores éxitos en su nueva responsabilidad, esperando que su trabajo tenga un especial y positivo impacto en el desarrollo de las distintas instituciones catastrales iberoamericanas.


De forma especial queremos trasladar nuestra felicitación y nuestros mejores deseos a la Directora General de la Dirección General del Catastro de Uruguay, Sylvia Amado,  que hasta el momento había representado a su país desde la Vicepresidencia del Comité y a partir de ahora ocupa la Presidencia.